Entidad organizadora de planes y/o acciones de formación a traves Fundación Tripartita
Los planes de formación continua para trabajadores en activo subvencionados por el Forcem (Fundación para la Formación Contínua y el Fondo Social Europeo) permiten obtener formación totalmente gratuita (subvención del 100%) o parcialmente subvencionada a los trabajadores y autónomos en activo.
Todas las empresas disponen de un Crédito anual para Formación Continua, que podrán hacer efectivo mediante las bonificaciones en las Cuotas de la Seguridad Social.
Random, como entidad organizadora, puede asesorar a su empresa y gestionar los procedimientos relacionados con las acciones de formación continua.
Para más información, contacte con Random.
Resumimos algunas de las características del nuevo sistema de subvenciones de Formación Continua.
- Cada empresa decidirá y organizará los cursos de formación para su personal, estos cursos pueden ser impartidos dentro o fuera de la empresa, por personal interno o externo o por una empresa de formación. Los cursos pueden ser presenciales, semipresenciales a distancia u on-line.
- Se subvencionan los cursos iniciados desde el dia 1º de Enero del 2007.
- Las empresas pueden agruparse para organizar y gestionar de forma conjunta la formación de sus trabajadores.
- Se puede recurrir a una empresa externa encargada de impartir la formación.
- Los costes por participante y hora de formación máximos, serán:
- Modalidad Presencial Nivel de Formación Básico 9 Euros/hora
- Modalidad Presencial Nivel de Formación Medio-Superior 13 Euros/hora
- Modalidad a Distancia 5,5 Euros/hora
- Modalidad Teleformación 7,5 Euros/hora
- Modalidad Mixta (Se aplicarán los módulos anteriores en función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación que tenga la acción formativa).
- Son también subvencionables los estudios de las acciones formativas.
- Las empresas de 1 a 9 trabajadores no estarán limitadas por los módulos económicos máximos previstos en este artículo.
- Las empresas de 10 a 49 trabajadores y las de 50 a 249 podrán superar los citados módulos en un 10 por ciento y un 5 por ciento, respectivamente.
Novedades de la nueva orden:
- Para las empresas de 1 y 2 trabajadores el crédito de formación se asigna para un período de tres y dos años respectivamente, a contar desde el 1 de enero de 2007.
- No es necesario incorporar la relación de participantes en la comunicación de inicio, sólo se indicará el número. Se incluye en dicha comunicación la relación de empresas participantes.
- La comunicación de inicio deberá realizarse con 7 días naturales de antelación a la fecha de inicio de cada grupo formativo.
- La cancelación o modificación de horario, fecha o localidad deberá realizarse con 4 días naturales de antelación sobre la fecha prevista para el comienzo de cada grupo. Deberá tenerse en cuenta que si el cambio afecta a la fecha de inicio, deberán volver a transcurrir 7 días naturales entre la comunicación de la modificación y el nuevo inicio.
- Cualquier otra modificación se podrá comunicar antes del comienzo del grupo.
- Con carácter general, las acciones formativas no podrán tener una duración inferior a 6 horas.
- Se incrementa el valor de los módulos económicos; las empresas de 1 a 9 trabajadores podrán rebasar estos módulos con el límite de su crédito de bonificación.
- Las empresas de menos de 10 trabajadores no tendrán que realizar cofinanciación privada.
- Las entidades organizadoras también tendrán la posibilidad de notificar la finalización por acción formativa.
- Se reconoce un crédito adicional a las empresas para la realización de permisos individuales de formación. Cuando los costes salariales del permiso o permisos superen el 5% del crédito anual de la empresa, se podrá disponer de este crédito, que estará limitado por lo establecido en el artículo 23 de la Orden Ministerial.
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